El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el 26 de febrero la resolución por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2025 las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales, en el marco del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
La finalidad de estas ayudas es apoyar inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales que permitirán mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas que integran la cadena monte-industria gallega.
Podrán ser beneficiarios las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector forestal radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales, a excepción de aquellos solicitantes que, aun teniendo su domicilio en áreas definidas como ZDP, soliciten inversiones no fijas para realizar trabajos en el ámbito territorial.
Cinco líneas de ayudas
Incluye cinco líneas de ayudas: gestión forestal activa, destinada a la adquisición de maquinaria precisa para la realización de tratamientos silvícolas; madera y biomasa, dirigida a equipaciones de medición de masas forestales, acondicionamiento e instalaciones y maquinaria específica; castaña y resina, encaminada a la adquisición de maquinaria y mejora de las instalaciones para el aprovechamiento comercial de la castaña y de la resina en el monte.
También incluye valor añadido en la primera transformación de la madera, enfocada a la compra de equipaciones portátiles, maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática tanto de la madera estructural como de productos serrados intermedios o finales, entre otros.
Finalmente, una nueva línea para medición, rastreabilidad y caracterización de la madera objeto de aprovechamiento dirigida a la adquisición de equipaciones de medición del inventario forestal y equipaciones portátiles.
Sólo se podrá presentar una solicitud por persona y dicha solicitud sólo podrá dirigirse a una única línea de ayudas
Cada persona solicitante sólo podrá presentar una solicitud de ayuda y dicha solicitud solo podrá dirigirse a una única línea de ayudas. La ayuda máxima se limitará por solicitante a los 200.000 euros para las líneas 1 y 4, 50.000 euros para la línea 5 y 160.000 euros para las líneas 2 y 3.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.