Aprobada la rebaja del IVA en los suministros del gas natural, pellets, briquetas y leña

Imagen del Ministerio para la Transición Ecológica

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley con varias medidas de ámbito energético, como la rebaja del IVA desde el 21% hasta el 5% en los suministros del gas natural, pellets, briquetas y leña; la posibilidad de que la cogeneración abandone temporalmente su régimen retributivo regulado, de modo que se le aplique el Mecanismo Ibérico; o la creación de un nuevo servicio de respuesta activa de la demanda.

Según detalla el Gobierno, la rebaja del IVA del 21% al 5%, tipo mínimo autorizado por la legislación comunitaria, beneficiará a todos los suministros de gas natural, incluidos los destinados a las calderas de las comunidades de vecinos. Hasta el 31 de diciembre de 2022 se aplicará el tipo reducido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.

La reducción impositiva también se aplicará a pellets, briquetas y leña, sustitutivos ecológicos del gas natural procedentes de biomasa y destinados a sistemas de calefacción, cuyos precios se han incrementado considerablemente con la cercanía del invierno.

Cogeneración

Las instalaciones de cogeneración utilizan un combustible (principalmente gas natural, pero también otros combustibles líquidos o biomasa) para producir simultáneamente electricidad y calor útil para los procesos industriales.

Con este Real Decreto, las instalaciones de cogeneración podrán renunciar temporalmente a su régimen retributivo regulado, de modo que entren en el ámbito de aplicación del Mecanismo Ibérico y perciban el ajuste que cobran las centrales térmicas de gas. Esta renuncia, temporal, podrá solicitarse mientras el Mecanismo Ibérico esté vigente.

Esta medida se añade a otras aprobadas previamente, como la exención del 80% en el pago de los peajes, la maximización de la compensación por el coste del CO2 repercutido en la electricidad, los avales públicos para la firma de contratos de suministro de energía a largo plazo o los pagos directos a las empresas.

Servicio de respuesta rápida de la demanda

Una tercera medida aprobada este martes es la creación del llamado servicio de respuesta rápida de la demanda, algo parecido a lo que antes se llamaba «mecanismo de interrumpibilidad», cuya aplicación correrá a cargo de Red Eléctrica.

Este mecanismo garantiza la disponibilidad de las plantas industriales para que, con una antelación de quince minutos, paren en caso de necesidad y reduzcan así su demanda eléctrica en un plazo máximo de tres horas, a cambio de ser compensadas económicamente.

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