Aunque en la actual temporada no se han detectado casos de gripe aviar en España, el Ministerio de Agricultura ha decidido declarar riesgo alto de esta enfermedad en nuestro país a la vista de su evolución en Europa, donde desde el 1 de julio y hasta el 25 de noviembre se han confirmado 182 focos en aves de corral (102 de ellos desde el 15 de noviembre) y 417 en otras aves, entre ellas las silvestres (156 de ellos desde el 15 de noviembre).
Ante esta situación, el Ministerio de Agricultura ha vuelto a insistir en la necesidad de reforzar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas (sobre todo las dirigidas a evitar el contacto directo o indirecto con aves silvestres) y la vigilancia pasiva.
Adicionalmente, ha actualizado el análisis de riesgo de introducción del virus en nuestro país y ha concluido que existe un aumento del riesgo en los municipios considerados como zona de especial riesgo y en los incluidos en la zona de especial vigilancia por lo que se ha considerado necesario adoptar una serie de medidas.
En Europa, desde el 1 de julio y hasta el 25 de noviembre se han confirmado 182 focos en aves de corral y 417 en otras aves
En el caso de las zonas de especial riesgo se prohíbe, entre otras cosas, la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral y la cría de aves de corral al aire libre (o, si ello no fuera posible, la instalación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y siempre que se alimente y abreve a las aves en interior). También se prohíbe dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres (salvo que se trate el agua para inactivar posibles virus).
Asimismo queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales. En las zonas de especial vigilancia, así como en el resto del territorio nacional, deben aplicarse las medidas de bioseguridad establecidas en la normativa, aunque queda prohibida la presencia de aves de corral y aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales.
La delimitación de zonas figura en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, que puede consultarse en este enlace.