El proceso para reclamar las indemnizaciones a Agroseguro cuando se produce algún siniestro consta de una serie de pasos que hacen que el trámite sea «muy farragoso». De ello habló en Agropopular -el 17 de marzo- Antonio del Castillo, un abogado que ha llevado algunos pleitos relacionados con el monopolio.
El reglamento establece que el agricultor tiene siete días de plazo desde que se produce el siniestro o las causas que lo originaron (como los daños ocasionados por sequía), para informar de ello
Por lo tanto, el abogado advirtió de que «hay que dar parte enseguida a Agroseguro, máximo siete días», de lo contrario la entidad puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios si no se produce esta comunicación.
«Los peritos tienen que ir inmediatamente desde que se produce la comunicación del asegurado»
Respecto a los plazos que tiene el monopolio para ir a peritar, Del Castillo señaló que, según el artículo 25 del reglamento, los peritos «tienen que ir inmediatamente» desde que se produce la comunicación del siniestro por parte del asegurado. Posteriormente, el perito y el asegurado se tienen que poner de acuerdo en 40 días, de no ser así, Agroseguro tiene que comunicar al asegurado que nombre a otro perito en ocho días.
Estos dos peritos disponen ahora de 20 días para ponerse de acuerdo, si no deberán nombrar un tercero entre los dos. No obstante, si no consiguen ponerse de acuerdo en el nombramiento del tercero, lo designará el Juzgado de Primera Instancia donde radiquen las fincas, según el abogado.
Una vez elegido el tercer perito, junto con los otros dos, tienen 30 días para emitir el informe por unanimidad o mayoría. Si el asegurado tampoco está conforme con la decisión de los tres tendrá «hasta 180 días para reclamar judicialmente».
Plazos para pagar las indemnizaciones
Antonio del Castillo, por último, informó de los plazos que tiene el monopolio Agroseguro para abonar las indemnizaciones: «si el asegurado reclama al Juzgado, el monopolio tiene que pagar en 5 días lo que hayan establecido los peritos por mayoría. Si no recurre, la entidad establece 60 días máximo desde la cosecha; 90 días en el caso de las explotaciones ganaderas; y 60 días en masa forestal desde la fecha del siniestro. «A partir de estas fechas el asegurado tiene derecho al interés legal, más el 50%.», concluyó.
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