El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el 13 de enero la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de animales en ejecución de programas y actuaciones oficiales de vigilancia, lucha, control y erradicación de sus enfermedades, y se convocan para el año 2021.
Podrán beneficiarse de estas aportaciones los titulares con ganado vacuno, ovino o caprino que muera o deba sacrificarse por padecer o convivir con reses afectadas por la tuberculosis, brucelosis, leucosis o lengua azul. También los que tengan animales sacrificados, muertos o destruidos por encefalopatías espongiformes transmisibles, los que cuenten con aves sacrificadas dentro de los programas nacionales de control de salmonela, por un foco de gripe aviar o por enfermedad de Newcastle y los que tengan cerdos sacrificados o muertos por peste porcina.
Asimismo, podrá indemnizarse la muerte o sacrificio de animales como consecuencia de una resolución o de actuaciones sanitarias oficiales impuestas por la autoridad competente, así como por tratamientos y manipulación preventivas o con fines de diagnóstico.
Para tener derecho a estas ayudas es imprescindible que la explotación esté correctamente inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) y cumplir la normativa en vigor sobre sanidad e identificación animal, movimiento pecuario, bienestar y alimentación animal. También será de obligado cumplimiento estar al día de los programas nacionales de vigilancia, lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales y que sea efectivo el sacrificio obligatorio ordenado por la Consellería de Medio Rural.
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 30 de noviembre de 2021. Los órganos gestores tramitarán, además de las indemnizaciones correspondientes al año 2021, todas las solicitudes que quedaran pendientes del ejercicio anterior.