El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el 28 de enero, la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de animales en ejecución de programas y actuaciones oficiales de vigilancia, lucha, control y erradicación de sus enfermedades, y se convocan para el año 2020.
Podrán beneficiarse de estas aportaciones los titulares con ganado vacuno, ovino o caprino que muera o deba sacrificarse por padecer o convivir con reses afectadas por la tuberculosis, brucelosis, leucosis o lengua azul. También los que tengan animales sacrificados, muertos o destruidos por encefalopatías espongiformes transmisibles y aves sacrificadas dentro de los programas nacionales de control de salmonela, por un foco de influenza aviar o por enfermedad de Newcastle.
Asimismo, podrá indemnizarse la muerte o sacrificio de animales a consecuencia de una resolución o de actuaciones sanitarias oficiales impuestas por la autoridad competente, así como por tratamientos y manipulación preventivas o con fines de diagnóstico.
Para tener derecho a estas indemnizaciones es imprescindible que la explotación esté correctamente inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) y cumplir la normativa en vigor sobre sanidad e identificación animal, movimiento pecuario, bienestar y alimentación animal. También será de obligado cumplimiento estar al día de los programas nacionales de vigilancia, lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales y que sea efectivo el sacrificio obligatorio ordenado por la Consellería de Medio Rural.
El plazo de presentación de las solicitudes se prolongará día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Por último, los órganos gestores tramitarán, además de las indemnizaciones correspondientes al año 2020, todas las solicitudes que quedasen pendientes del ejercicio anterior.