El Gobierno aprueba una partida de más de 500 millones/€ para indemnizar los daños de Filomena

Ampliadad la zona declarada gravemente afectada por la emergencia a Canarias, Cantabria, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana

Sotres de Cabrales (Asturias). Imagen de Kaelia Cotera.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes -18 de mayo- una partida de 509 millones de euros para indemnizar los daños provocados por la borrasca Filomena. Además,  ha ampliado la declaración de zona gravemente afectada por la emergencia, según ha informado el Ministerio del Interior.

La zona declarada de emergencia a principios de año fue para Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, Madrid, La Rioja y Navarra y ahora se amplía a Canarias, Cantabria, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana.

El real decreto aprobado este martes recoge ayudas para paliar daños personales y materiales en viviendas y enseres así como en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios.

También contempla medidas fiscales y laborales previstas en la ley del Sistema Nacional de Protección Civil para compensar la incidencia del temporal en la actividad económica y en el mercado de trabajo.

Por su parte, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha articulado medidas destinadas a paliar daños en las producciones agrícolas y ganaderas, reducciones fiscales para actividades agrarias y financiación de avales. En el primer caso se trata de ayudar a los titulares de explotaciones agrarias que hayan sufrido pérdidas superiores al 30 por ciento de su producción.

El decreto extiende su vigencia a cualquier emergencia de protección civil entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de junio de 2021.

La mayor parte de la evaluación de daños ha sido realizado por las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, que han revisado 6.643 expedientes de siniestros provocados por el episodio Filomena entre los días 7 y 18 de enero referidos a particulares, corporaciones locales e infraestructuras públicas.

Los siniestros incluyen unos daños totales que en una primera revisión alcanzan un importe de 493,6 millones de euros. La cuantificación de los daños provocados por el episodio Filomena directamente resarcibles por el Estado asciende a 453,3 millones de euros. Pero durante el proceso de evaluación los ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Agricultura, Pesca y Alimentación han constatado daños en áreas de su competencia en territorios que no habían sido inicialmente declarados como zonas afectadas gravemente por una emergencia.

Por ello, el real decreto aprobado este martes amplía su ámbito de aplicación y eleva los daños evaluados en infraestructuras públicas e intereses privados en 44,3 millones de euros. Además el decreto añade los daños detectados en edificios e instalaciones dependientes de departamentos ministeriales, que cuantifica en 30 millones de euros.

La suma de todos los conceptos eleva a 509,5 millones de euros la disponibilidad presupuestaria habilitada por el Gobierno para indemnizar los desperfectos ocasionados por la borrasca Filomena.

Asimismo, el decreto añade otras medidas como la exención en la cuota del impuesto sobre bienes inmuebles y la reducción en la del impuesto sobre actividades económicas que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros, profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares.

Otras medidas son posibles exenciones y bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social que se concretarán en una orden ministerial posterior.

Por otro lado, a los trabajadores autónomos que perciban prestaciones por cese de actividad cuya causa inmediata sean los efectos de la borrasca Filomena no se les computará a los efectos de consumir los periodos máximos establecidos los cuatro primeros meses de percepción de la prestación y se considerará cumplido -a los efectos de poder acceder a la prestación por cese de actividad- el requisito de periodo mínimo de cotización de doce meses continuados anteriores a la situación legal de cese de actividad.

El decreto establece un régimen de ayudas a corporaciones y entidades locales para la recuperación de las zonas siniestradas y actuaciones de restauración forestal y medioambiental y en el dominio público hidráulico y marítimo-terrestre.

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