El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha cambiado la estrategia de lucha frente a la lengua azul debido a la circulación simultánea de cuatro serotipos diferentes por primera vez en España (1, 3, 4 y 8), unido a una situación climática excepcional que ha supuesto una mayor actividad vectorial y, por tanto, una distribución de los serotipos en amplias zonas del territorio peninsular.
Esta estrategia incluye, como principal medida, la adopción de la vacunación voluntaria en el territorio peninsular contra esta enfermedad que afecta al ganado ovino, bovino y caprino.
Además, el Gobierno ha tomado esta decisión también debido a la «dificultad logística» de vacunar en gran parte del territorio frente a 3 o 4 serotipos a la vez, así como la falta de disponibilidad suficiente de vacunas frente a los diferentes serotipos para realizar una vacunación obligatoria en las zonas afectadas «en un tiempo razonable» antes de que comience de nuevo la actividad del vector, prevista a partir de abril, según recoge una Orden del Ministerio publicada este martes en BOE.
Esta estrategia incluye la adopción de la vacunación voluntaria contra la lengua azul en el territorio peninsular
El MAPA, por lo tanto, se replantea la estrategia de erradicación llevada a cabo hasta ahora sustituyéndola en el territorio peninsular por una estrategia de protección clínica basada en la vacunación voluntaria de los animales susceptibles a la enfermedad y eliminando asimismo la obligación de que los animales objeto de movimiento dentro de esta zona deban haber sido vacunados previamente frente a los serotipos presentes.
Según el Ministerio, este cambio de estrategia ha obligado a la derogación de tres órdenes con el fin de reflejar este cambio de estrategia en el ámbito nacional, actualizar la normativa y conceptos, definir las nuevas zonas sometidas a programa frente al virus de la lengua azul en España y actualizar las zonas de vacunación obligatoria y voluntaria.
Finalmente, para proporcionar una respuesta rápida ante la detección de nuevos serotipos, no detectados con anterioridad en España o en los países fronterizos, se eliminan las menciones específicas a los serotipos en el articulado de la orden, de modo que su mención se limita a las futuras sucesivas resoluciones que especifiquen las zonas de forma que, cuando ello sea necesario, se pueda incorporar cualquier nuevo serotipo detectado de forma más sencilla en la normativa.