El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó el 20 de octubre un nuevo listado provisional de ganaderos beneficiarios de las ayudas adoptadas para compensar la subida de los costes de producción y la sequía. Es un listado complementario al publicado en julio en el que hay 99 titulares de explotaciones ganaderas.
Según recuerda el FEGA, estos apoyos fueron aprobados mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de la sequía, así como de promoció del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, que establece unas ayudas de Estado a los productores de leche y carne de vacuno, ovino y caprino, en compensación de las pérdidas y el incremento de los costes de producción provocados por la guerra de Ucrania por efecto del aumento del precio de combustibles, piensos y demás insumos y la escasez de precipitaciones en determinadas zonas del país.
Es un listado complementario al publicado en julio en el que hay 99 titulares de explotaciones ganaderas
La resolución publicada se corresponde con la relación provisional de titulares de explotaciones ganaderas comunicados de oficio por las comunidades autónomas que cumplirían con los requisitos específicos establecidos para percibir la ayuda y que no aparecían en la resolución provisional publicada el pasado 4 de julio. Esta resolución afecta a 99 titulares de explotaciones ganaderas.
A su vez, y tras una revisión de oficio, las comunidades autónomas han comunicado la relación de titulares que, apareciendo en la resolución mencionada no cumplirían con los requisitos específicos para percibir la ayuda y que afecta, en este caso, a 9 titulares.
Los interesados afectados por la resolución dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución (del 21 de octubre al 6 de noviembre inclusive), para rechazar la ayuda, oponerse a la consulta de sus datos en relación a sus obligaciones tributarias y con la seguridad social (oposición que tendrá el mismo efecto que la renuncia de la ayuda), alegar errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes.
Las alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones establecido a tal efecto en la sede electrónica. Se puede acceder en el este enlace.