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Los contratos de compraventa de leche entre ganaderos e industriales deberán tener una duración mínima de un año

El Ministerio de Agricultura ha presentado ya su proyecto de Real Decreto por el que se modifican ciertos elementos del llamado “paquete lácteo”.

Entre ellos destaca el relativo a la duración de los contratos de compraventa de leche entre ganaderos e industriales que deberán ser, como mínimo, de un año y sólo se admitirán contratos de menor duración en casos excepcionales debidamente justificados.

El proyecto regula también el margen de tolerancia permitido en el volumen de leche objeto de contrato. Se trata de evitar que sea demasiado amplio y pueda dar lugar a distorsiones de la relación contractual.

El texto establece que ese margen deberá incluirse en el contrato y precisa que, en todo caso, no podrá superar el 25% del volumen acordado inicialmente.

Por otro lado, no podrán incorporarse al contrato adendas que afecten a las condiciones de la leche ya entregada ni que supongan modificaciones del precio pactado.

Tampoco podrán aplicarse bonificaciones o depreciaciones sobre el precio que no estén reflejadas en el contrato.

Por último, el texto incluye un mecanismo de mediación para solución de diferencias entre productores y compradores de leche sobre algún elemento del contrato.

Con estos cambios se trata de corregir algunas prácticas detectadas en la aplicación de la normativa sobre contratación que van en contra del espíritu del paquete lácteo.

La intención del Ministerio es que entren en vigor el 1 de abril de 2015, coincidiendo con el comienzo de la nueva campaña, aunque representantes de los ganaderos han manifestado que preferirían que empezara a aplicarse a principios del próximo año, cuando toque renovar los contratos actuales que, en muchos casos, son trimestrales.

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