Los mataderos españoles deberán contar con cámaras de videovigilancia

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Cámaras de videovigilancia. (Fuente: Ministerio de Consumo)

Este jueves, 24 de agosto, ha entrado en vigor la obligatoriedad de que los mataderos españoles cuenten con cámaras de videovigilancia en virtud del real decreto 695/2022, de 23 de agosto, por el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales. Los pequeños mataderos contarán con un año más para su implantación.

Según recoge la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), hace un año, tanto las autoridades competentes como el sector han estado trabajando para lograr una aplicación «satisfactoria» de la normativa en el momento de su entrada en vigor.

Por lo tanto, a partir de este jueves los mataderos deberán contar con un sistema de videovigilancia que permitirá la realización de controles de bienestar de los animales adicionales a los que ya se efectúan en estos establecimientos.

Los pequeños mataderos contarán con un año más para su implantación

Con ello, añade la AESAN, se permitirá «un mejor control» del cumplimiento de los requisitos que la legislación vigente recoge sobre el bienestar animal en el momento del sacrificio y las operaciones conexas.

El sistema de videovigilancia servirá de herramienta tanto para los operadores de los mataderos como para las autoridades competentes que supervisan el cumplimiento de la normativa de bienestar animal.

No obstante, su utilización «no exime» del resto de los controles que tenga que realizar el operador del matadero en materia de bienestar de los animales de acuerdo con la normativa vigente.

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha concluido asegurando que con esta medida España es pionera en la UE en la instalación obligatoria de sistemas de videovigilancia para el control del bienestar animal (SVBA) en todos los mataderos.

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