En el Diario Oficial de la UE (DOUE) del 7 de octubre de 2024 se publicó la siguiente normativa sobre medicamentos antimicrobianos, peste porcina, frutas y hortalizas e indicaciones geográficas
– Medicamentos antimicrobianos: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2598 de la Comisión, de 4 de octubre de 2024, por el que se establece la lista de terceros países, o regiones de terceros países, autorizados a introducir en la Unión determinados animales y productos de origen animal destinados al consumo humano, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de la prohibición de utilizar determinados medicamentos antimicrobianos.
– Peste porcina africana: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2656 de la Comisión, de 4 de octubre de 2024, que modifica el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594, por el que se establecen medidas especiales de control de la peste porcina africana.
– Frutas y hortalizas: Decisión de Ejecución (UE) 2024/2596 de la Comisión, de 4 de octubre de 2024, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2023/655 sobre la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024.
– Indicaciones geográficas: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2614 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la inscripción de una indicación geográfica en el registro de indicaciones geográficas de la Unión [Lorraine (IGP)].
– Denominaciones de origen: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2615 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la aprobación de una modificación que no se considera menor del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Garda.