Álvarez (ASAJA) analiza las medidas extraordinarias de apoyo a los trabajadores autónomos

Intervención en AGROPOPULAR de Juan José Álvarez, director de ASAJA

Consultorio fiscal: Juan José Álvarez, experto en temas fiscales y laborales de ASAJA
Juan José Álvarez, experto en temas fiscales y laborales de ASAJA

En el último `Consultorio fiscal´ de AGROPOPULAR -3 de octubre- Juan José Álvarez, director de ASAJA, habló sobre el Real Decreto del 29 de septiembre -que se aprobó la semana pasada- y que recoge las modificaciones de trabajo de los autónomos.

Según detalló el director de ASAJA en antena, el Gobierno ha aprobado cuatro medidas extraordinarias de apoyo a los trabajadores autónomos. Estas serían:

  • Se crea una nueva prestación extraordinaria por el cese de actividad similar al que se creó en el Estado de alarma por la suspensión total de actividades en virtud de la contención de propagación del COVID-19.
  • Se establece una nueva prestación extraordinaria para supuestos de reducción de ingresos en el cuarto trimestre de al menos de un 50% en comparación con el primer trimestre del año.
  • Se crea una nueva prestación extraordinaria por el cese de actividad para los trabajadores autónomos de temporada entre los meses de junio a diciembre de 2020.
  • Por último, se prorrogan las prestaciones extraordinarias por cese vinculadas a la reducción de facturación que ya se solicitaron anteriormente durante la pandemia, desde que comenzó en marzo, y se alarga hasta el 31 de enero de 2021.

Consulta sobre el régimen especial agrario

Durante su intervención, Álvarez también respondió la siguiente duda de una oyente que es ingeniero técnico agrícola sobre el régimen especial agrario: «¿El estar dado de alta en la Seguridad Social en el REA permite realizar actividades a terceros, tipo informes agrícolas, gestión de residuos, etc?

Juan José Álvarez explicó que estas actividades adicionales que está prestando a terceros no encajan en el ámbito de aplicación del sistema especial de trabajadores autónomos agrarios, por lo tanto, ella debería de estar dada de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos como una trabajadora autónoma normal y salir así del sistema especial agrario.

El director de ASAJA le aconsejó que comunicase a la tesorería las variaciones de los datos correspondientes a su actividad profesional dando cuenta de las actividades que desarrolla en este momento.

Escuche la intervención completa

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