Bruselas adopta medidas excepcionales para los sectores de vino y frutas y hortalizas

vino español

La Comisión Europea ha adoptado medidas excepcionales de apoyo a los sectores del vino y de frutas y hortalizas para paliar no solo el impacto que siguen teniendo en ellos las medidas adoptadas para controlar la pandemia de Covid-19 sino también las consecuencias de una mala climatología (heladas en primavera, inundaciones, olas de calor,…).

En el caso del vino, las medidas consisten principalmente en un mayor apoyo a los
instrumentos de gestión de riesgos, como los seguros de cosecha y las mutualidades. Además, se prorrogan hasta el 15 de octubre de 2022 las medidas de flexibilidad ya en vigor. En el sector hortofrutícola, la ayuda a las organizaciones de productores, que suele calcularse en función del valor de la producción, se adaptará para que no sea inferior al 85% del nivel del año pasado.

Según ha detallado la Comisión Europea, las medidas excepcionales para el vino contemplan lo siguiente:

  • Los países de la UE podrán seguir modificando sus programas nacionales de ayuda en cualquier momento (normalmente esto solo puede hacerse dos veces al año, a más tardar el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año, respectivamente).
  • Para las actividades de promoción e información, reestructuración y reconversión de viñedos, cosecha en verde e inversiones, se prorroga hasta el 15 de octubre de 2022 la posibilidad de conceder una contribución más elevada con cargo al presupuesto de la UE.
  • La contribución del presupuesto de la UE al seguro de cosecha se incrementa del 70% al 80% hasta el 15 de octubre de 2022.
  • La ayuda de la UE para sufragar los costes de creación de mutualidades se duplica: del 10%, 8% y 4% en el primer, segundo y tercer año de aplicación pasa al 20%, 16% y 8%.
  • Se prorrogan las medidas de flexibilidad concedidas a las acciones del programa vitivinícola hasta el 15 de octubre de 2022.

Sector hortofrutícola

En lo que respecta al sector hortofrutícola, la ayuda de la UE a las organizaciones de productores, que suele calcularse en función del valor de la producción, se compensará de forma que sea como mínimo el 85% del nivel del año pasado. Esta compensación se ofrecerá si se cumplen ciertos requisitos: que la reducción de la producción se deba a desastres naturales, fenómenos climáticos, enfermedades de las plantas o infestaciones parasitarias, que escape al control de la organización de productores y que la producción sea al menos un 35% inferior a la del año anterior.

Además, si los productores demuestran que adoptaron medidas preventivas contra la causa de la reducción de la producción, el valor de producción utilizado para la ayuda será el mismo que el año anterior.

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