El Gobierno aprobó el martes -25 de febrero- un Real Decreto-ley con un primer paquete de medidas para tratar de responder a algunas de las actuaciones que vienen reclamando las organizaciones agrarias con sus movilizaciones. Parte de esas medidas suponen cambios en la Ley de la Cadena Alimentaria y se centran en la mejora de los precios en origen.
Sobre este asunto hablamos con Jorge Jordana, experto en la materia -ya que ha trabajado mucho sobre la cadena alimentaria- y ex-secretario general de la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), en la última emisión de AGROPOPULAR -29 de febrero- donde analizó punto a punto las medidas.
Medidas
En primer lugar, la prohibición de la venta a pérdidas. De acuerdo con la disposición aprobada, cada operador estará obligado a abonar al inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción o a lo que ha pagado por él. La única excepción es la venta al consumidor final cuando se trate, por ejemplo, de evitar el desperdicio alimentario (lo que justificaría descuentos en los precios), aunque no se podrá imputar al vendedor la rebaja al consumidor.
Sobre esta medida, Jordana explicó que no se ha regulado la venta a pérdidas si no la no destrucción de la cadena de valor. «Realmente si hay alguna nueva e imaginativa fórmula de regular la venta con pérdida está un poco más atrás del Decreto-ley cuando recoge que nunca se podrá vender en promociones productos cuyo precio denigre o desacredite la imagen del producto». En concreto, dice lo siguiente: «no podrán realizarse acciones promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos, con el fin de evitar su banalización».
En segundo lugar, costes de producción. El documento recoge que en los contratos deberá considerarse el coste de producción para fijar el precio. Se tendrán en cuenta factores tales como las semillas, fertilizantes, pesticidas o salarios y podrán tomarse como referencia los datos relativos a los costes publicados por el Ministerio de Agricultura.
Para Jorge Jordana, esto es un brindis al sol, ya que tenemos unos costes básicos y el producto se produce mezclando una determinada cuantía de esos costes. Puso de ejemplo el aceite de oliva producido en olivar tradicional o en superintensivo. «En este último los costes son inferiores, pero las unidades de costes son las mismas (la energía eléctrica y el gasóleo valen lo mismo en un caso que en otro) pero en el superintensivo se usa en una forma con lo que se llega a un precio medio de producto mucho más barato que en el tradicional». Es decir, tienes dos costes de producción totalmente diferentes y, por lo tanto, dos precios diferentes.
En tercer lugar, contratos. De acuerdo con la disposición aprobado la no existencia de contratos escritos para la compraventa de productos se considerará una infracción grave y se dará publicidad a las resoluciones sancionadoras de este tipo de infracciones que sean firmes. Según Jordana, todo lo que sea endurecer las condiciones de incumplimiento de la legislación es bueno. «Que todavía haya un porcentaje muy elevado de contratos que no se formalizan cuando la Ley ya lleva años vigente es intolerable».
En definitiva, desde su punto de vista, las medidas son «bienintencionadas» y en algunos casos muy imaginativas, aunque a su juicio, los resultados pueden ser escasos y habrá que verlo poco a poco en el tiempo.
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