El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó el 5 de junio el extracto de la Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente por la que se convocan ayudas a la mejora de la producción y comercialización de la miel para 2023.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas de titularidad compartida contempladas en la Ley sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, y las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, siempre que sus integrantes cumplan los requisitos.
Según la normativa, los beneficiarios deberán haber realizado la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de la presentación de la solicitud, a excepción de aquellos titulares que hubieran iniciado la actividad a través de un cambio de titularidad de explotaciones en estado de alta con anterioridad a esa fecha.
Además, añade que los colmenares abandonados y las colmenas muertas no darán derecho al cobro de ayudas por su titular. Tampoco serán contabilizadas como válidas las colmenas que no indiquen el código de identifcación de la explotación, aquellas situadas en asentamientos no inscritos en el Registro de Explotaciones Apícolas de Cantabria ni las que sobrepasen la capacidad máxima autorizada para cada asentamiento registrado.
Las ayudas convocadas tendrán una dotación económica máxima de 124.000 euros. La cuantía individual de la ayuda no podrá superar el gasto efectivamente ejecutado y se fijará en función de la clasificación de explotaciones apícolas establecida en el decreto de ordenación de las explotaciones apícolas en Cantabria.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería, suscritas por el solicitante correspondiente o, en su caso, por su representante legal. Se presentarán en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).