El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó, el 24 de marzo, la Orden por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
El objetivo de dichas ayudas será contribuir a la consecución de la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos de la apicultura en la Comunidad Autónoma de Aragón.
La campaña apícola tendrá una duración de doce meses consecutivos, comprendidos entre el 1 de agosto del año anterior a la solicitud y el 31 de julio del año de la solicitud. Serán subvencionables los gastos realizados desde el 1 de agosto del año anterior al de la solicitud y el 31 de julio del año de la solicitud, correspondientes a acciones ejecutadas en la campaña apícola.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida.
El solicitante deberá estar en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los servicios veterinarios del departamento competente. Los colmenares del solicitante no deberán estar en situación de abandono. Además, los colmenares abandonados y las colmenas muertas no darán derecho al cobro de ayudas por su titular. Por último, la explotación deberá contar con un mínimo de 50 colmenas.