El Ministerio prepara modificaciones de las disposiciones de aplicación de la PAC

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El Ministerio de Agricultura tiene previsto introducir modificaciones en los reales decretos que recogen la aplicación de la PAC que entró en vigor el pasado 1 de enero. De momento, ha sometido a consulta pública previa, hasta el 12 de julio, un documento en el que detalla las disposiciones que serán objeto de cambios.

En él precisa que esos cambios se introducen a la luz de la experiencia de este primer año de aplicación de la nueva PAC y que, en líneas generales, se trata de aclaraciones y de modificaciones de carácter técnico «que no alteran la estrategia de intervención aprobada por la Comisión Europea al aprobar el PEPAC» (Plan Estratégico Nacional).

Se flexibilizarán las condiciones de acceso a la reserva nacional de los agricultores que participen en programas de reestructuración

Por ejemplo, en el caso del Real Decreto que regula la ayuda básica a la renta, se flexibilizarán las condiciones de acceso a la reserva nacional de los agricultores que participen en programas de reestructuración, en el marco de una intervención pública dirigida a evitar el abandono de tierras, permitiendo que hayan podido ser beneficiarios de algún caso de reserva nacional de pago básico en el período PAC anterior.

Asimismo, en el ámbito de las cesiones de derechos de ayuda básica a la renta, el Ministerio quiere ajustar la vigencia de los arrendamientos de derechos sin tierras a un año, con el fin de fomentar el resto de cesiones de derechos, «n las que existe una mayor coherencia entre la propiedad de los derechos y el ejercicio de la actividad agraria de los cedentes y cesionarios que participan».

En el caso del Real Decreto que regula los distintos regímenes de ayudas directas (o intervenciones, como se denominan en la nueva PAC), se aclararán ciertos aspectos relacionados con los requisitos de agricultor activo, ecorregímenes y ayudas asociadas.

En el texto sobre condicionalidad se van a introducir modificaciones en algunas de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM), en concreto en la 2, la 5 y la 6.

Cuaderno digital

El documento sometido a consulta pública previa avanza también (sin especificar hasta cuándo) que se retrasarán los plazos de entrada en vigor del Cuaderno digital de explotación, aunque se mantendrá el calendario en el que las administraciones públicas pondrán a disposición de las explotaciones el citado cuaderno, con el fin de fomentar su utilización voluntaria por parte de los agricultores que estén preparados para ello.

El texto anuncia asimismo cambios en los reales decretos sobre uso sostenible de fitosanitarios y sobre nutrición sostenible de los suelos agrarios.

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