El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado parcialmente la multa de los pastos que la Comisión Europea impuso a España por la aplicación incorrecta del coeficiente de admisibilidad de pastos en algunas Comunidades Autónomas en el período 2009-2013. La corrección financiera establecida por Bruselas ascendía a más de 260 millones de euros.
El Ministerio de Agricultura ha explicado que el Tribunal, en una sentencia publicada el 29 de noviembre, estima parcialmente la demanda que España interpuso contra la decisión de la Comisión Europea de aplicar una importante corrección financiera en relación con la admisibilidad de las superficies de pastos declaradas en el marco de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC), en el periodo 2009-2013.
En concreto, la sentencia anula la decisión de la Comisión en lo que se refiere a dos tipos de superficie:
– La superficie de pasto arbolado ubicada en la dehesa, que había sido penalizada con una corrección del 25% sobre los pagos realizados en la misma. El Ministerio precisa que el Tribunal considera demostrado que su admisibilidad como superficie para el uso ganadero es superior a la de otros tipos de pasto arbolado, por lo que en ningún caso debería recibir una corrección de esa magnitud.
– La superficie de pasto arbustivo declarada por ganaderos que hacen un uso forrajero fundamental de dicha superficie. En este caso, la Comisión, señala el Ministerio, había impuesto una corrección del 10% sobre los pagos ejecutados en dicha superficie y el Tribunal considera que ese cálculo no se ajusta a Derecho.
Las autoridades españolas subrayan que la decisión del Tribunal supone una reducción sensible de la corrección financiera inicial, así como un reconocimiento a las superficies de los pastos arbustivos y arbolados mediterráneos que se declaran en el marco de la PAC y que son utilizados por los ganaderos en sus explotaciones de ganadería extensiva en toda España. El Ministerio de Agricultura siempre consideró desproporcionada esa multa y por eso la recurrió en su momento.
Ahora, la Comisión Europea deberá volver a calcular la corrección financiera teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal.