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Acuerdo entre el Parlamento y el Consejo Europeo sobre el reglamento para la restauración de la naturaleza

El texto acordado recupera el capítulo agrario

Acuerdo sobre el reglamento de restauración de la naturaleza
Imagen de archivo de José David Díaz Mohedano desde Córdoba

Los negociadores de la presidencia española del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo (con la participación también de la Comisión Europea) alcanzaron este jueves, 9 de noviembre, un acuerdo político provisional sobre la propuesta de reglamento para la restauración de la naturaleza.

El objetivo de esta disposición es establecer medidas para restaurar al menos el 20% de los ecosistemas terrestres y marinos de la UE de aquí a 2030 y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050.

En contra de lo que planteaba el Parlamento Europeo, que en su posición eliminó totalmente el capítulo dedicado a los ecosistemas agrarios, el texto acordado incluye de nuevo ese apartado. En resumen, que la agricultura y la ganadería sí que se verán afectadas.

El objetivo de esta disposición es establecer medidas para restaurar al menos el 20% de los ecosistemas terrestres y marinos de la UE de aquí a 2030

Según la información difundida por el Consejo, en lo que respecta a los ecosistemas agrarios el acuerdo establece que los Estados miembros implementen medidas dirigidas a mejorar al menos dos de los tres indicadores siguientes: el índice de mariposas de pastizal; la proporción de tierras agrícolas con características paisajísticas de alta diversidad; y la reserva de carbono orgánico en el suelo mineral de las tierras de cultivo. También recoge objetivos con plazos determinados para aumentar el índice de aves comunes en tierras agrícolas a nivel nacional.

En cuanto a las turberas, el Parlamento y el Consejo acordaron dar margen a los Estados miembros a la hora de rehumedecer las turberas drenadas, ya que algunos podrían verse afectados de manera desproporcionada por estas obligaciones. El texto fija objetivos para restaurar el 30% de las turberas drenadas para uso agrícola de aquí a 2030, el 40% de aquí a 2040 y el 50% de aquí a 2050, aunque los Estados miembros que se vean muy perjudicados podrán aplicar un porcentaje menor.

Las medidas de restauración incluyen la rehumidificación de suelos orgánicos que constituyen turberas drenadas, lo que ayudará a aumentar la biodiversidad y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Los colegisladores también coincidieron en que la consecución de los objetivos de rehumidificación no implica una obligación para los agricultores y propietarios privados de tierras.

Recuperación de polinizadores

Los colegisladores constatan que, en las últimas décadas, la abundancia y diversidad de insectos polinizadores silvestres en Europa ha disminuido drásticamente. Para abordar este problema, el reglamento introduce requisitos específicos para que los Estados miembros establezcan medidas para revertir la disminución de las poblaciones de polinizadores a más tardar en 2030.

Sobre la base de los actos delegados adoptados por la Comisión para establecer un método con base científica para monitorear la diversidad y las poblaciones de polinizadores, los Estados miembros tendrán que hacer un seguimiento de los avances en este ámbito al menos cada seis años a partir de 2030.

Ecosistemas degradados

El acuerdo precisa que las nuevas normas ayudarán a restaurar los ecosistemas degradados en los hábitats terrestres y marinos de los Estados miembros, alcanzar los objetivos generales de la UE en materia de mitigación y adaptación al clima y mejorar la seguridad alimentaria.

El texto cubre una variedad de ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce, incluidos humedales, pastizales, bosques, ríos y lagos, así como ecosistemas marinos, incluidas praderas marinas y lechos de esponjas y corales (enumerados en los anexos I y II de la disposición).

Hasta 2030 se dará prioridad a las zonas Natura 2000

Exige que los Estados miembros implementen medidas, para 2030, para restaurar al menos el 30% de los tipos de hábitats enumerados en ambos anexos que se encuentran en malas condiciones. Hasta 2030 se dará prioridad a las zonas Natura 2000.

Los Estados miembros también deben establecer medidas para restaurar al menos el 60% de los hábitats en mal estado de aquí a 2040 y al menos el 90% de aquí a 2050. Contempla cierta flexibilidad para los países cubiertos mayoritariamente por un solo tipo de ecosistema (los países escandinavos, Países Bajos…).

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