Navarra: ayudas para inversiones en tecnologías y comercialización de productos forestales

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El Boletín Oficial de Navarra (BON) ha publicado el 10 de febrero la Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para en ejercicio 2022 de las ayudas para las inversiones en tecnologías forestales, transformación, movilización y comercialización de productos forestales.

El objetivo es apoyar actuaciones orientadas a la mejora de tecnologías, prácticas y equipos destinados al aprovechamiento, transformación, movilización y comercialización de productos forestales, así como la mejora del valor económico de los montes. Según recoge el texto, se entenderá por «movilización de productos forestales» las prácticas adecuadas para la puesta en valor de la madera en pie y otros productos forestales de tal manera que sea visible su aprovechamiento como consecuencia de una gestión forestal sostenible. Estas prácticas se podrán desarrollar tanto en el monte como en el proceso de producción y comercialización de los productos.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que sean titulares forestales, a municipios y sus asociaciones y a PYMES, ubicadas en esta Comunidad Autónoma, dedicadas a la explotación silvícola o a la primera transformación, siempre que cumplan con los requisitos y se comprometan a mantener los compromisos establecidos en las presentes bases reguladoras.

Serán costes subvencionables la construcción, adquisición, o mejora de bienes inmuebles; la compra de maquinaria y equipo nuevos hasta el valor de mercado del producto; los costes generales tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad; los estudios de viabilidad seguirán siendo gastos subvencionables; y la adquisición o desarrollo de programas informáticos y las adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas, ligados a la inversión.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

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