El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha elaborado un proyecto de Real Decreto para actualizar la normativa vigente sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
El texto se presentó oficialmente el 9 de marzo, en un seminario “on line”, y estará sometido a consulta pública hasta el 31 de marzo. Entre otras cosas incluye la aprobación de códigos de buenas prácticas agrarias por parte de las Comunidades Autónomas (de aplicación voluntaria para los agricultores), así como las medidas que deben contener los programas de actuación en las zonas consideradas vulnerables.
La futura disposición sustituirá a la que está vigente desde 1996 actualizando la trasposición de la directiva comunitaria de 1991 y teniendo en cuenta los nuevos objetivos de la UE en este ámbito recogidos en el Pacto Verde Europeo, que contemplan una reducción de la contaminación por exceso de nutrientes del 50%, que supondrá una reducción del 20% en el uso de fertilizantes.
El MITECO ha precisado que, según disponen los objetivos ambientales de la Directiva Marco del Agua para masas de agua, se espera que estas metas se alcancen a finales del año 2027. El Ministerio ha subrayado que con los instrumentos jurídicos actuales no se está logrando una reducción eficaz de la contaminación por nitratos.
Mapas de contaminación y zonas vulnerables
De acuerdo con el proyecto, el MITECO hará públicos cada cuatro años mapas con la localización de las aguas afectadas por la contaminación ocasionada por los nitratos, y en especial por los de origen agrario, así como de las aguas que podrían verse afectadas por dicha contaminación si no se toman las medidas oportunas.
Por su parte, las Comunidades Autónomas deberán designar como zonas vulnerables todas las superficies cuya escorrentía fluya hacia esas aguas y contribuyan, aunque sea mínimamente, a su contaminación.
En estas zonas vulnerables, las Comunidades pondrán en marcha programas de actuación para prevenir y reducir la contaminación por nitratos de origen agrario. En ellos se determinará, por ejemplo, en qué períodos estará prohibida la aplicación de ciertos tipos de fertilizantes; límites de aplicación de los mismos teniendo en cuenta diversos factores, como el estado de los suelos o las condiciones climáticas de la zona; o la capacidad que deben tener los tanques de almacenamiento de estiércol. Por otro lado, se establecerán límites a la cantidad de estiércol aplicada al terreno cada año, incluyendo la de los propios animales existentes en la explotación.
En cuanto a las códigos de buenas prácticas agrarias, que serán voluntarios para los agricultores, deberán recoger, entre otras cosas, los períodos en los que no es conveniente aplicar fertilizantes, las condiciones de aplicación en tierras cercanas a cursos de agua o medidas para evitar la contaminación del agua por escorrentía y filtración de líquidos que contengan estiércol y residuos procedentes de productos vegetales almacenados, como el forraje ensilado.