El sector productor de Castilla-La Mancha ha propuesto una norma de comercialización para el sector vitivinícola que afectaría a todo el territorio nacional y que, con basándose en la reglamentación comunitaria, tenga entre sus principales objetivos adecuar el volumen de producto de cada campaña de comercialización a las necesidades de abastecimiento.
Según Cooperativas Agro-alimentarias, la propuesta de esta norma evitaría distorsiones o alteraciones en el mercado, la mejora de la calidad de todos los productos (mostos y vinos) y la gestión de disponibilidades entre campañas por parte de las bodegas.
En concreto, la norma de comercialización propone una retirada temporal y un almacenamiento privado, de un máximo de cuatro millones de hectolitros de vino y/o mosto en toda España, sin que ninguna bodega que tenga viticultores elegibles con rendimientos elevados tenga que inmovilizar más del 1 % de su producción de vino y mosto elaborado en la campaña regular.
Esta propuesta, que se podría poner en funcionamiento a partir de la próxima campaña 2019/2020, ha partido de Cooperativas Agro-alimentarias, que ha visto en ella una verdadera necesidad para que el sector vitivinícola pueda autorregularse cada campaña cuando las condiciones del mercado así lo aconsejen.
Dicho documento es fruto de diversas reuniones de trabajo que ha cristalizado en un importante consenso entre Cooperativas Agro-alimentarias y las organizaciones agrarias ASAJA, COAG y UPA.
La propuesta ha sido trasladada a diversas entidades y organismos como a Cooperativas Agro-alimentarias de España, que ha asumido esta propuesta como propia, a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, al Ministerio de Agricultura, y a la Interprofesional del Vino de España.
Detalles de la norma de comercialización
Esta norma se debería activar antes del 31 de enero de la campaña en cuestión en aquellas comunidades autónomas cuya suma de existencias y producción declaradas superen la media de sus disponibilidades de las cinco campañas anteriores, incrementada en un 5%.
La medida consistiría en la retirada temporal por parte de las bodegas con viticultores elegibles con rendimientos elevados, mediante almacenamiento privado de mosto o vino sin Indicación Geográfica Protegida (IGP) declarado en el momento en que se adopte la norma, de tal forma que se daría un salto cualitativo y de valor al producto.
Si las condiciones y evolución de mercado lo exigieran, al activarse la reglamentación las parcelas de viñedo de uvas tintas que superen los 150 hl/ha. y de uvas blancas que superen los 185 hl/ha. solo podrían destinarse a vinos sin indicación geográfica cuya finalidad sea la destilación o la elaboración de mostos blancos.