El Consejo de Ministros aprobó esta semana un real decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, que hasta ahora no contaban con una normativa nacional que regulase su ordenación sectorial. El Boletín Oficial del Estado los publica este jueves.
La normativa permite establecer las bases para el desarrollo ordenado de la actividad de este sector en los próximos años, integrando los principales retos a los que se enfrenta en materia de bienestar animal, de bioseguridad y medioambiental, apostando por un modelo de ganadería familiar.
Se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes
Para ello, se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Las existentes dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando sea necesario, así como de diferencias derivadas de su aptitud productiva.
El decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, con el objetivo de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma. El objetivo es que la mayoría de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales.
Asimismo, se establece una capacidad máxima para las granjas de nueva instalación establecida en 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche, por ejemplo).