País Vasco: ayudas para inversiones relacionadas con la innovación tecnológica en la producción agraria

País Vasco

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publicó el 26 de octubre la Orden por la que se aprueban, para el año 2022, las bases de las ayudas para grandes inversiones relacionadas con la innovación tecnológica en la producción agraria (Programa Handitu Innova 2022).

La finalidad de estas ayudas será mejorar la competitividad y la eficiencia de las explotaciones agrarias en sus ratios de producción, así como impulsar la innovación tecnológica como elemento tractor del sector productivo vasco.

También quiere contribuir a mitigar el impacto ambiental, a incrementar la eficiencia energética, el ahorro y depuración del agua y el aprovechamiento de residuos y subproductos de las explotaciones agrarias asentadas en esta región.

Estas ayudas tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables, y serán conformes con la normativa de la Unión Europea y con la legislación en materia de protección medioambiental. Se ajustarán a un programa de inversiones, que podrá ser de carácter anual o plurianual, dependiendo del período de ejecución de los proyectos presentados.

Beneficiarios

Para poder tener la condición de persona beneficiaria los solicitantes deberán realizar las inversiones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se realizarán por explotaciones cuyo titular o cotitular es persona física (excepto jóvenes agricultores que se instalan por vez primera en el sector); explotación familiar; explotaciones asociativas cuyo titular es persona jurídica; y explotaciones cuyo titular es un joven agricultor/a que se instala por vez primera en el sector.

La Orden también recoge que las inversiones no podrán haber comenzado antes de presentar la solicitud. Se considerarán exceptuados de este requisito, los honorarios del proyecto de obra civil, y pagos a cuenta de la maquinaria.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes

El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Se presentarán accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

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