En el último `Consultorio de la PAC´ de Agropopular -26 de mayo de 2018-, el presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), Miguel Ángel Riesgo, respondió a las cuestiones de dos oyentes: una sobre los trámites para que una superficie de pastos pueda recibir ayudas y otra relativa a la obligatoriedad de comunicar a la Administración una cesión de derechos.
En primer lugar, Manuel Lozano Asensio señaló que “antes de 2015 llevaba 13 años cobrando las ayudas a las cabras pero en 2015 me quitaron la ayuda porque me faltaban 36 cabritos para cumplir el criterio de producción –como consecuencia de la sequía-. Además he hecho un corral en la Sierra de Abrucena y ahora me dicen que la superficie donde lo he hecho no es admisible a efectos de las ayudas europeas, después de haber hecho la inversión”.
Según Riesgo, se trata de dos cuestiones distintas: por un lado, está la ayuda acoplada a la cabra que no la cobró por no cumplir el requisito de producción que se estableció a partir de ese año para asegurar que las ayudas se dan a los ganaderos realmente activos. Por lo tanto, le advirtió de que tiene que asegurarse que su producción es al menos 0,6 cabritos por cabra reproductora que tiene censada. Para la solicitud de 2018, que se acaba de presentar, el plazo para tener la producción es desde el 1 de junio del año pasado al 31 de mayo de este año.
Por otro lado, el oyente se refiere a una parcela de pastos en la zona de Sierra Nevada “que tendrá un coeficiente de admisibilidad de pastos cero o bajo”. Según Riesgo, si él considera que esos pastos son aprovechables o ha hecho algún tipo de labor en los mismos para mejorar el aprovechamiento, tiene que presentar una alegación al SIGPAC solicitando el incremento del coeficiente. Entonces “Andalucía revisará la parcela y tomará la decisión que corresponda”.
Si realmente está llevando a cabo una actividad ganadera en esos pastos tiene que presentar la alegación antes del 31 de mayo, que es cuando se acaba el plazo. En la página Web de la Junta está toda la información sobre alegaciones al SIGPAC.
Cesión de derechos
La segunda consulta fue de Afonso Hernandez Velasco, que hizo una cesión de superficie en el año 2016 y no lo comunicó a la Administración. Estaba en el régimen de pequeños agricultores, bajó su superficie y no cumplió la obligación de mantener la superficie de 2015.
Según el presidente del FEGA, como no comunicó la cesión, la Administración no le pudo avisar de que no cumplía con los requisitos. El oyente se queja de que le advirtieron del fallo muy tarde y le van a quitar los derechos.
Riesgo señaló que puede presentar un recurso si finalmente le quitan los derechos, alegando que el retraso en la comunicación de la incidencia le ha impedido reaccionar en la campaña 2017 y comunicar la cesión, de modo que se estudiará.
No obstante, subrayó que, «lo que no puede alegar es desconocimiento de la norma y de la obligación de comunicar la cesión». A su juicio, “es un error suyo no haber comunicado la cesión”. Está regulado desde 2014 y en el periodo anterior también era obligatorio. Además se han sacado folletos, notas de prensa… “Realmente su caso tiene difícil solución a menos que pueda demostrar que por una causa de fuerza mayor no pudo comunicar esa cesión”.
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