¿Se podrá sembrar maíz sobre maíz? Sí, con los cambios que se proponen en el PEPAC

Consultorio de la PAC con Juan Pedro Medina

Comienza a cotizar el maíz en León
Campaña de maíz en la Ribera Navarra". Imagen de `Óscar `El malo´

Después de que la Comisión Europea presentara, en la tarde del 15 de marzo, su proyecto de reglamento con medidas para simplificar la PAC, en particular ciertas normas de la condicionalidad, el Ministerio de Agricultura envió a las comunidades autónomas su propuesta de modificación del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC), que servirá de base para abrir el diálogo con la Comisión Europea. En esa propuesta, el Ministerio incorpora ya las flexibilidades planteadas por Bruselas. Juan Pedro Medina, viceconsejero de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, destacó tres medidas en nuestro Consultorio de la PAC del 16 de marzo.

Entre ellas figura la respuesta a esa pregunta concreta, que se puede hacer extensiva a los demás cultivos herbáceos: ¿se podrá sembrar maíz sobre maíz? La respuesta, según Medina, es sí. El documento del Ministerio recuerda la obligación de realizar una rotación de cultivos en todas las parcelas de la explotación al menos tras tres años «siendo el año 2023 el primero a tener en cuenta a fin de establecer la fecha de inicio de las rotaciones», en lugar del año 2021 fijado inicialmente como año de referencia. En consecuencia se podrá repetir en 2024 y en 2025 el cultivo de 2023. Medina recordó que esta medida no precisa de la modificación del reglamento comunitario sino solo del Real Decreto nacional; en consecuencia, aunque el documento del Ministerio de Agricultura es una propuesta, considera que los agricultores pueden darla por hecha.

Una segunda medida destacada por Medina es la relativa a la prohibición de labrar las tierras tras la cosecha y realizar labores sobre los rastrojos. Su derogación puede hacerse también mediante una modificación del Real Decreto nacional, por lo que se permitirá esa práctica, al igual que la de aplicar abonos orgánicos o purín.

En tercer lugar, el viceconsejero de Política Agraria y Desarrollo Rural de Castilla y León mencionó la eliminación de la obligación de dejar un 4% de superficies no productivas, como el barbecho. En este caso sí es necesaria la modificación del reglamento comunitario correspondiente. La Comisión Europea ha incluido esta medida en su propuesta y el Ministerio de Agricultura precisa en su documento que «la entrada en vigor de esta modificación será retroactiva desde el 1 de enero de 2024, y por tanto de aplicación para la Solicitud Única de la PAC 2024».

A continuación recogemos el documento completo que el Ministerio de Agricultura ha enviado a las comunidades autónomas.

Escuche el `Consultorio de la PAC´ con Juan Pedro Medina

Todos los derechos reservados. Queda prohibido reproducir, distribuir, comunicar públicamente o transformar, todo o parte del contenido de este sitio web, incluido, pero no limitado a, los textos, las fotos y los videos, sin el permiso previo y por escrito de Informativos Agrarios S.L.