El Consejo de Ministros aprobó el 26 de octubre un Real Decreto que modifica la normativa vigente sobre nuevas plantaciones de viñedo. Con esta disposición se incorporan a la reglamentación nacional los cambios introducidos en la legislación comunitaria, que entró en vigor en enero de este año.
Según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), uno de los elementos más destacables es que se incluye un nuevo criterio de admisibilidad que exige que el solicitante no tenga superficies de viñedo ilegales o no autorizadas.
Otros requisitos
Además se fija un límite de hectáreas por solicitante, que será de 5 hectáreas, y se añade la exigencia de ser joven viticultor al solicitante que cumpla con el criterio de prioridad de buen comportamiento previo por no tener viñedo abandonado, plantaciones ilegales o no autorizadas y no haber incumplido algún compromiso obligatorio para la concesión de la autorización.
También se introducen cambios en los requisitos y en la ponderación de las solicitudes
Asimismo, teniendo en cuenta la experiencia adquirida desde que se introdujo el régimen de autorizaciones de nuevas plantaciones en el año 2016, se introducen otras medidas para mejorar el procedimiento de concesión de las mismas, como cambios en los requisitos y en la ponderación de las solicitudes.
Esta nueva norma será aplicable a la convocatoria de solicitudes de autorizaciones de nuevas plantaciones de 2019.
También te pueden interesar las siguientes noticias:
- La producción mundial del vino aumentará un 12% este año
- Más de 1.800 has de viñedo no se van a reestructurar por un «error» de la Junta de Extremadura
- La cosecha de la DO Ribeiro será más corta de lo previsto como consecuencia de las lluvias
- Consejo Internacional de Cereales: esta campaña habrá menos trigo y menos cebada que en la anterior
- Casi 2.000 toneladas menos de miel en 2017
- PAC post-2020: Herranz sugiere retrasar la aplicación de los planes estratégicos…