Aprobados los cambios en el régimen de nuevas plantaciones de viñedo

Se incorporan a la reglamentación nacional los cambios introducidos en la legislación comunitaria

El Consejo de Ministros aprobó el 26 de octubre un Real Decreto que modifica la normativa vigente sobre nuevas plantaciones de viñedo. Con esta disposición se incorporan a la reglamentación nacional los cambios introducidos en la legislación comunitaria, que entró en vigor en enero de este año.

Según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), uno de los elementos más destacables es que se incluye un nuevo criterio de admisibilidad que exige que el solicitante no tenga superficies de viñedo ilegales o no autorizadas.

Otros requisitos

Además se fija un límite de hectáreas por solicitante, que será de 5 hectáreas, y se añade la exigencia de ser joven viticultor al solicitante que cumpla con el criterio de prioridad de buen comportamiento previo por no tener viñedo abandonado, plantaciones ilegales o no autorizadas y no haber incumplido algún compromiso obligatorio para la concesión de la autorización.

También se introducen cambios en los requisitos y en la ponderación de las solicitudes

Asimismo, teniendo en cuenta la experiencia adquirida desde que se introdujo el régimen de autorizaciones de nuevas plantaciones en el año 2016, se introducen otras medidas para mejorar el procedimiento de concesión de las mismas, como cambios en los requisitos y en la ponderación de las solicitudes.

Esta nueva norma será aplicable a la convocatoria de solicitudes de autorizaciones de nuevas plantaciones de 2019.

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