El Consejo de Ministros aprobó el 3 de marzo un Real Decreto que recoge el programa nacional de control y erradicación de la polilla guatemalteca (Tecia Solanivora), que afecta a la patata.
Entre otras cosas, establece que, en caso de confirmación oficial de la presencia de la plaga, se delimite la zona afectada y una zona tampón o de protección y se proceda a la destrucción del material contaminado, con la correspondiente indemnización.
En las áreas afectadas se prohíbe la plantación de cultivos y se restringen los movimientos mientras que en las zonas tampón se determinan los tratamientos fitosanitarios a aplicar y las condiciones de circulación de vegetales.
El texto contempla asimismo la destrucción del material contaminado, con la indemnización correspondiente, dentro del marco de la normativa fitosanitaria española y de la Unión Europea.
La norma recoge también las medidas preventivas, basadas en prospecciones y controles sistemáticos encaminados a descubrir la presencia de la plaga tanto en instalaciones de almacenamiento como en plantaciones.
Esos controles se realizarán asimismo en los lugares de venta de patata ubicados en las zonas que se califiquen como de riesgo, cuya delimitación se definirá en el marco del Comité Fitosanitario Nacional.
El Ministerio de Agricultura ha subrayado que la polilla guatemalteca de la patata es una de las plagas de mayor importancia económica en este cultivo, ya que sus larvas forman galerías que imposibilitan su comercialización.
Además produce daños no solo en campo sino también en los almacenes. Está regulada en la UE como organismo de cuarentena. Se ha detectado su presencia en Canarias, A Coruña, Lugo y Asturias.