La amortización de los préstamos por sequía se amplía en un año

Lo recoge el Real Decreto de medidas urgentes del 17 de marzo

año hidrológico

El último Real Decreto-ley con medidas urgentes para afrontar las consecuencias de la crisis del coronavirus (COVID-19), aprobado el 17 de marzo y publicado en el BOE de hoy, día 18, incluye una específica para el sector agrario, dirigida en concreto a los titulares de explotaciones agrarias que suscribieran préstamos como consecuencia de la situación de sequía de 2017. Estos agricultores podrán acordar con las entidades financieras prolongar hasta en un año, que podrá ser de carencia, el periodo de amortización de esos préstamos.

De acuerdo con la disposición, el Ministerio de Agricultura financiará el coste adicional de
los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA)
derivado de la ampliación del periodo de amortización.

Añade que SAECA actuará como entidad colaboradora de las subvenciones en el marco del convenio de colaboración suscrito al efecto con el Ministerio de Agricultura a cuyo efecto asumirá la gestión íntegra de las mismas, incluida la justificación y control.

La presentación de la solicitud conllevará la autorización a SAECA para recabar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social información relativa al cumplimiento por parte del solicitante de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social si el propio solicitante no ha aportado esa documentación.

De acuerdo con el texto, el ministro de Agricultura dictará resolución motivada a la vista de la propuesta de resolución que remita SAECA. El periodo de admisión de solicitudes de las ayudas finalizará en un plazo de cuatro meses a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, que es la fecha de su publicación en el BOE (18 de marzo de 2020).

Autónomos

La disposición incluye asimismo una serie de medidas dirigidas a los autónomos, como la aprobación de una línea de avales por cuenta del Estado que cubrirá tanto la renovación de préstamos como la financiación nueva por parte de las entidades de crédito, con el fin de proporcionar liquidez a estos profesionales. El Consejo de Ministros establecerá las condiciones y requisitos aplicables para que la línea esté operativa de manera inmediata.

Asimismo, como complemento a la medida anterior, se permite ampliar la capacidad
de endeudamiento neto del Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del
Estado en 10.000 millones de euros, para facilitar inmediatamente liquidez adicional a las empresas, especialmente a las pymes y a los autónomos, a través de las Líneas de ICO de financiación ya existentes.

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