El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó, el 8 de enero, las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para acciones silvícolas de prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y para el incremento de la capacidad de adaptación y del valor ambiental de los ecosistemas forestales.
Podrán ser beneficiarios de las estas las sociedades de fomento forestal (Sofor), los propietarios particulares de forma individual, las asociaciones y agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Galicia, las cooperativas agrarias, los proindivisos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, las entidades locales, otras personas jurídicas y las comunidades de montes vecinales en mano común. Dichos beneficiarios podrán ser titulares de los terrenos objeto de ayuda, arrendatarios o gestores, sin que se admita la cesión por el propietario a un tercero.
Las dos líneas de actuación en las que se dividen estas ayudas consisten en la realización de tratamientos silvícolas para prevenir incendios forestales; y en tratamientos silvícolas y plantaciones puntuales de determinados árboles vinculados al incremento de los valores ecológicos de los montes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de dicha Orden.