El Juzgado Mixto número 3 de Huércal-Overa (Almería) ha condenado a la empresa Primaflor a indemnizar con 65.977 euros a un agricultor por los daños y perjuicios ocasionados en su finca de olivos de diez hectáreas por contaminación originada por herbicidas empleados en el cultivo de la lechuga.
La sentencia se aviene a los planteamientos del abogado Francisco Alonso, representante del productor afectado, estimando de forma íntegra la demanda presentada por éste contra la comercializadora hortofrutícola de Pulpí (Almería).
La Propizamida es un herbicida «propio del cultivo de lechuga» que se «encuentra totalmente prohibido en el cultivo de olivar»
El fallo reproduce parte de esta demanda, en la que se hacía constar que en diciembre de 2015 su cliente tuvo conocimiento de la contaminación de sus olivos con Propizamida, un herbicida «propio del cultivo de lechuga» que se «encuentra totalmente prohibido en el cultivo de olivar».
Hasta que no se inició el cultivo de lechuga por parte de Primaflor en las fincas limítrofes de su cliente no se había dado esta situación, según el abogado.
La empresa, por su parte, se comprometió a no fumigar para no causar más perjuicios, sin embargo, el 19 de octubre de 2016 se detectaron niveles bajos de este producto y el 8 de noviembre de ese año otros mayores.
En la sentencia el juez ha subrayado que Primaflor admitió el uso de Propizamida en dichos cultivos y que ha «quedado más que acreditada la contaminación producida en el cultivo de olivares», pues en un total de cinco analíticas se «aprecia la existencia» de trazas de esta sustancia.
Asimismo, advierte que no existe ninguna «prueba contundente» de que Primaflor no haya cumplido con los protocolos establecidos, pero añade que al aumentar en su momento el espacio entre ambos cultivos estaba «indiciariamente asumiendo que no se adoptaron las medidas de protección necesarias» para proteger los olivos.