Baleares convoca ayudas para la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura

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El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) publicó el pasado 11 de julio la Resolución por la que se convocan las ayudas del año 2024 para la mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola.

Pueden ser beneficiarios de las ayudas para la mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica (incluidas comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado), titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida.

Las explotaciones apícolas deberán estar inscritas en el Registro apícola de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural antes del 1 de enero del 2024 a excepción de los productores que han iniciado su actividad mediante un cambio de titularidad, de explotaciones en estado de alta, con anterioridad a esta fecha.

También quedará exento de este requisito la creación de figuras asociativas o personas jurídicas integradas por apicultores que lo fueran antes del 1 de enero de 2024, o la creación de explotaciones de titularidad compartida en la que uno de los miembros fue apicultor con anterioridad a esta fecha.

Pueden ser subvencionados los gastos correspondientes a actividades o inversiones siguientes, realizados y pagados por el beneficiario entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024 o hasta la presentación de la solicitud, si ésta se realiza con anterioridad a dicha fecha: servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, incluso mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores y organizaciones de apicultores.

Cuantía y plazo de presentación

La cuantía de las ayudas que deberán recibir los beneficiarios será la correspondiente a la aplicación del 75% sobre el gasto declarado elegible, excepto los tratamientos quimioterapéuticos contra la varroosis que no sean compatibles con la agricultura ecológica y la formación, que será del 50% y del 90%, respectivamente.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el 23 de agosto de 2024.

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