Cantabria convoca ayudas a la promoción de productos alimentarios

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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó, el 6 de noviembre, la resolución por la que se convocan para 2025 las ayudas a la promoción de productos alimentarios.

El objetivo es convocar para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la promoción de los productos alimentarios de Cantabria.

La convocatoria tiene por objeto convocar para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas dirigidas a contribuir a la promoción de productos alimentarios mediante la organización de ferias y mercados alimentarios a celebrar en dicha Comunidad Autónoma y la asistencia y participación a ferias alimentarias

Habrá dos tipos de beneficiarios. Por un lado, de las ayudas a la organización de ferias y mercados alimentarios a celebrar en Cantabria cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de la región, podrán ser beneficiarios las corporaciones locales y las entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos generales y específicos y sobre las que recaiga la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos subvencionables y la realización de actividad para la que se otorga la ayuda.

Por otro, de las ayudas a la asistencia y participación a ferias alimentarias cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria, podrán ser beneficiarios las Pymes que sean titulares de industrias alimentarias ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, que reúnan los requisitos generales y específicos y sobre las que recaiga la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos subvencionables y la realización de actividad para la que se otorga la ayuda.

La financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se efectuará con cargo a la disponibilidad de las aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el 2025, con un importe máximo de 290.000, 55.000 y 130.000 euros, respectivamente.

Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquier ente público o privado, nacional o internacional. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Las solicitudes de ayuda se presentarán hasta el 16 de febrero de 2025, a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la presente convocatoria.

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