El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó, el pasado 15 de abril, la Orden por la que se convovan las subvenciones destinadas a apoyar las actividades de información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada, realizadas por grupos de productores en el mercado interior, para el año 2019.
Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas al apoyo, a través de los grupos de productores, a la información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada en el mercado interior.
La finalidad de la subvención es conferir un valor añadido a los productos amparados por los regímenes de calidad y mejorar sus posibilidades de comercialización, aumentando así la rentabilidad de las explotaciones y reforzando en consecuencia el tejido productivo en el ámbito rural.
Podrán se beneficiarios de las subvenciones los grupos de productores, entendiendo como tales a toda organización, sea cual sea su forma jurídica, compuesta por agentes que participen en alguno de los programas de calidad diferenciada de los alimentos en cuestión.
Según indica la Orden, podrán ser objeto de subvención las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores en el ámbito de la Unión Europea, en relación con los productos amparados por los regímenes de calidad definidos en la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero y cuyas características sean las siguientes: estarán destinadas a inducir a las personas consumidoras a adquirir los productos; resaltarán las características o ventajas específicas de los productos en cuestión, especialmente la calidad, los métodos de producción específicos, las rigurosas normas de bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente vinculados al régimen de calidad al que se acojan.
Asimismo, respetarán los requisitos legales y reglamentarios aplicables en relación al consumo responsable de bebidas alcohólicas, en el caso, de vinos con denominación de origen o indicación geográfica protegida.
El importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 300.000 euros beneficiario/año.
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día de la publicación de dicha Orden en el Boletín Oficial de Aragón.