La forma correcta de reclamar los daños en la cosecha causados por los conejos que están en las cunetas de las carreteras y vías de tren
Ante la proliferación de los conejos en las cunetas y taludes o terraplenes de las carreteras, de las vías de tren (AVE) o incluso en las riberas de los ríos, donde tienen sus madrigueras debido a la falta de limpieza y desbroce por parte de la Administración competente; si comprobamos que los conejos están causando daños en nuestros cultivos, en los brotes que empiezan a nacer, conviene iniciar cuanto antes las actuaciones encaminadas a reclamar la merma de producción que pueda darse a la hora de recoger el producto o cosecha
¿A quién reclamar?
En este caso, si los daños son debidos a los conejos que se encuentran en las cunetas de las carreteras hay que reclamar a la Administración (estatal, autonómica, provincial…) que sea titular de la carretera en cuyas cunetas están los conejos a los que se le atribuyen el daños, al ADIF en el caso de las vías de tren y AVE y a la Confederación Hidrográfica en el caso de que estén en las riberas de los ríos.
Para poder comprobar esta titularidad de la carretera conviene pedir un certificado a Fomento acerca de la titularidad de dicha carretera.
¿Quién puede reclamar?
Podrá reclamar los daños el agricultor que tenga los daños en sus parcelas, ya sea propietario, poseedor, cultivador o arrendatario de las tierras; debiendo acreditar en cada caso esta condición de propietario o cultivador mediante escrituras de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o aparcería de las mismas.
¿Cómo pruebo la existencia de los daños?
La mejor forma de acreditar los daños lo más adecuado es contar con un informe pericial, que siga la evolución del desarrollo de la planta y de los daños.
Lo primero es contar con pruebas de los daños inciales: fotografías de los daños en los brotes y superficie inicial atacada por los conejos, que en su caso explique la manera de comer de los conejos y su diferencia con otros animales… hasta ver la evolución de las mismas , por si rebrotan, y finalmente que valore los daños causados si hay merma en la cosecha, con menos producción, valorando la diferencia de producción real entre las zonas afectadas y las no afectadas por la acción de los conejos.
Otras pruebas complementarias será la declaración de testigos, fotografías de las madrigueras en las cunetas, y otros documentos que acrediten la existencia de conejos, como puede ser un acta notarial de la existencia de madrigueras…
¿Cuánto tiempo tengo para poder reclamar?
El plazo de prescripción para poder reclamar los daños por responsabilidad patrimonial derivada del mal funcionamiento de los servicios públicos es de un año desde que se producen los daños
¿En qué nos basamos para pedir a la Administración los daños?: Anormal funcionamiento de los servicios de la Administración Pública. (art. 32 y ss de la Ley 40/2015)
Los daños causados en la cosecha por los conejos que tienen sus madrigueras en las cunetas, a causa de que la Administración no ha limpiado o desbrozado las cunetas o taludes de las carreteras, se deben a un anormal o mal funcionamiento de los servicios de la Administración Pública, más concretamente y como decimos porque la Administración no ha realizado sus funciones de limpieza de las mismas, ni ha mantenido en perfecto estado de conservación dichas cunetas.
Y los ciudadanos y más concretamente en este caso los agricultores no tiene por qué soportar una mala gestión de la Administración ni el deber jurídico de soportar sus errores.
Por lo que la Administración está obligada a proporcionar una reparación integral del daño sufrido en las cosechas
¿Qué hacemos para reclamar los daños?
Lo más conveniente es en primer lugar enviar una solicitud a la Administración para que proceda a la limpieza y desbroce de las cunetas, y que tome las medidas oportunas para evitar la proliferación de conejos, advirtiendo de los posibles daños que se pueden causar. Y tomar fotografías y contar con testigos que lo puedan corroborar, incluso pedir un acta notarial que acredite la existencia de las madrigueras
Si la Administración no ha realizado la limpieza y los conejos causan daños en tu cosecha, lo que tendrás que presentar es ante la Administración titular de la carretera un escrito de reclamación patrimonial, justificando y pidiendo los daños causados.
La Administración tramitará el correspondiente expediente (en el que se incluye la emisión de informes y dictámenes, art. 81 ley 39/2015) y finalmente dictará una resolución que estime tu reclamación o que te la denieguen.
Y en el caso de que lo denieguen o que no te contesten en el plazo de 6 meses (se entiende denegado, art. 91 ley 39/2015) quedaría la vía del contencioso administrativo.
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