Valencia convoca ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos

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Viñedos en el Alto Alberche, Ávila. De Pablo Sánchez (Imagen de archivo)

El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) publicó el 26 de febrero la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos para operaciones que finalicen en la campaña 2025/2026, al amparo de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común.

El objeto de la presente resolución es la convocatoria de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo para operaciones que finalicen en la campaña 2025/2026 en el ámbito de la Comunidad Valenciana, y será de aplicación a viñedos que se destinen a la producción de uva para la vinificación.

Se podrán acoger a la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos al amparo de esta convocatoria, los viticultores y futuros viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con los requisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 5 del Real decreto 905/2022 y en esta convocatoria, así lo establecido en la normativa vigente en materia del sector vitivinícola para todas las superficies de viñedo de su explotación.

También podrán acceder a la condición de beneficiario las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención

Los solicitantes que quieran acogerse a la ayuda de reestructuración y reconversión de viñedos al amparo de esta convocatoria deben presentar sus solicitudes de ayuda a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, finalizando el plazo el 22 de abril de 2025.

Según indica la normativa, las solicitudes se pueden presentar de forma individual o colectiva. En el caso de que se presenten de forma colectiva, se debe realizar a través de un interlocutor autorizado. Para la presentación de las solicitudes de forma colectiva se requiere un mínimo de cinco.

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