Castilla-La Mancha: ayudas a la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado hoy -24 de septiembre- la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la cooperación para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco de la intervención 7131 del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para el período 2023-2027.

La finalidad de estas ayudas es fomentar, la incorporación de nuevos operadores en regímenes de calidad.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden los operadores agroalimentarios titulares de explotaciones agropecuarias o de industrias agroalimentarias ubicadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que elaboren productos agrícolas y/o alimenticios y que se incorporen por primera vez en un régimen de calidad de algunas de las figuras de calidad.

Las personas beneficiarias deberán incorporarse por primera vez a un régimen de calidad de alguna de las figuras de calidad recogidas en el Anexo I de la presente orden y contratar con entidades de control autorizadas la certificación o control de las condiciones establecidas en el pliego de condiciones de la figura de calidad a la que pertenezcan.

Además, en el caso de ser titular de una explotación agropecuaria ubicada en Castilla-La Mancha, deberá estar dado de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias (REA), en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) o en el SIEX. En el caso de ser titular de industria agroalimentaria, deberá estar dado de alta en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha (RIA).

Según indica la Orden tendrán consideración de actividades subvencionables, la inscripción en el registro de la figura de calidad en la que se incorpore, la participación anual en la figura de calidad en la que se haya incorporado y los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones del régimen de calidad correspondiente.

La intensidad de la ayuda será del 70% del importe total de los costes subvencionables en los que haya incurrido la persona beneficiaria. La ayuda se limitará a un máximo de 3.000 euros por persona beneficiaria y año durante un período máximo de cinco años.

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