El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó el 16 de abril el Extracto de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas para la repoblación forestal, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
La finalidad es impulsar una producción primaria en forma de gestión forestal sostenible y contribuir a la reactivación socioeconómica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico, mediante la financiación de trabajos de repoblación forestal en zonas degradadas.
Podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales que sean titulares
de montes ubicados en alguno de los municipios que tienen la condición de zona rural de Cantabria con reto demográfico. Deberán garantizar el pleno cumplimiento del principio de
«no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» y, el etiquetado climático y digital. En el caso de subcontratar parte o toda la actividad objeto de ayuda, el beneficiario habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con dichas garantías.
También se compromete al mantenimiento de la repoblación ejecutada al menos hasta la edad de madurez o turno de corta que corresponda en función de la especie utilizada, salvo causa de fuerza mayor. Igualmente, se compromete a la ejecución de los cuidados posteriores a la repoblación que sean necesarios durante los primeros cinco años desde la ejecución de la misma.
La cuantía máxima de las ayudas, expresada en porcentaje del importe de la inversión
auxiliable, será del 100%, pudiéndose incluir además de los gastos de ejecución de la repoblación, los derivados de la correspondiente Memoria Técnica requerida para la misma. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se considerará gasto subvencionable, salvo cuando sea susceptible de recuperación o compensación por parte del beneficiario.
La cuantía total máxima de la subvención por beneficiario será de 43.000 euros. En el supuesto de que tras la valoración de todas las solicitudes no se alcance el total del crédito disponible, se podrá elevar la cuantía total máxima a 60.000 euros por beneficiario.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.