El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una circular con los criterios para acceder a los derechos de pago básico de la reserva nacional en 2021, incluyendo los cambios introducidos en la aplicación de la normativa sobre ayudas directas para este año, el primero de transición hasta la entrada en vigor de la futura PAC.
El documento recoge las condiciones generales y específicas de acceso a la reserva nacional, los distintos casos en los que los agricultores pueden obtener derechos de ella, el plazo de presentación de las solicitudes, así como los criterios de cálculo y asignación de esos derechos.
Como hasta ahora, la asignación de derechos de pago básico de la reserva se lleva a cabo siguiendo unos criterios de prioridad. En primer lugar, se atienden las peticiones de agricultores legitimados para recibir derechos o aumentar su importe en virtud de una sentencia judicial o acto administrativo firme y a los que no tuvieran acceso a la primera asignación de derechos en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
Si después de esta asignación existe remanente en la reserva, se asignarán los derechos establecidos a los jóvenes agricultores y a los agricultores que comiencen su actividad agrícola, priorizando a los titulares de una explotación en régimen de titularidad compartida.
La circular del FEGA recoge los requisitos que deben cumplir cada uno de estos agricultores y el método de cálculo para la asignación de los derechos.
Los agricultores deberán presentar la solicitud de derechos de pago básico con cargo a la reserva nacional ante la autoridad competente en el plazo de presentación de la solicitud única.
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