El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publicó, el 17 de agosto, la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las ayudas de cooperación con carácter innovador, se regularon las bases de las ayudas previstas en el Reglamento relativo a la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y en la medida 16 del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja para el periodo 2014/2020.
Por el momento se han formalizado cuatro convocatorias de estas ayudas, dos relativas a la creación de grupos operativos, otra al desarrollo de proyectos de los grupos operativos y otra para los equipos de innovación que planteen acciones conjuntas con vistas a la mitigación o adaptación al cambio climático.
Podrán acceder a estas ayudas las entidades con personalidad física o jurídica diferenciada que, al menos dos de ellas, no tengan claras dependencias orgánicas, funcionales o económicas entre sí y que estén, todas ellas, ligadas, a través de su actividad, a la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Según el BOR, para ser beneficiario de estas ayudas será obligatorio difundir los resultados obtenidos en el proyecto o actuación como mínimo utilizando los canales disponibles por el Gobierno de La Rioja y los propios de los miembros del equipo de innovación, además pueden utilizarse cualquier otra vía que se considere oportuna.
Las solicitudes deberán presentarse mediante el programa de captura establecido al efecto, y que se encuentra a disposición de los beneficiarios en el Catálogo Ayudas al Sector Agrario del portal de Internet del Gobierno de La Rioja.