Las sanciones impuestas por la AICA no se ven afectadas por la sentencia del Constitucional

Los expedientes sancionadores que está tramitando en la actualidad la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) no se ven afectados por la sentencia del Tribunal Constitucional que ha considerado inconstitucionales algunas de las funciones de este organismo, ya que se ajustan a lo establecido en la Ley de la cadena alimentaria. Lo mismo ocurre con las sanciones impuestas por incumplimiento de esa Ley hasta el momento: 686 sanciones por un importe de 8,2 millones de euros.

Son aclaraciones del Ministerio de Agricultura después de conocerse la citada sentencia. Este departamento ha precisado que la AICA seguirá desempeñando sus funciones, adaptándolas a lo establecido por el Constitucional. En consecuencia, puede realizar comprobaciones de denuncias que reciba por incumplimiento de la Ley de la cadena alimentaria e iniciar de oficio el procedimiento sancionador que corresponda por las irregularidades que constate en el ejercicio de sus funciones.

El Tribunal considera inconstitucional que «AICA tenga la atribución en exclusiva del establecimiento y desarrollo del régimen de control necesario para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de la cadena». El Ministerio subraya que, «desde su creación, la Agencia no ha actuado nunca ejerciendo la potestad sancionadora en los supuestos en los que no le corresponde hacerlo, respetando, por tanto, las competencias de las Comunidades Autónomas en esta materia».

Información de mercados

En lo que respecta a los sistemas de información, seguimiento y análisis de los mercados oleícola, lácteo y vitivinícola, la Agencia los sigue gestionando y manteniendo, afirma el Ministerio. Lo que no podrá hacer es «trasladar a las autoridades competentes los hechos sobre presuntos incumplimientos detectados en las actuaciones de control para asegurar la veracidad e integridad de los datos que se incorporen» a esos sistemas de información. Esta función corresponderá a las Comunidades Autónomas, aunque el Ministerio ha subrayado que la Agencia ya se estaba coordinando con ellas para realizar esa labor en el caso de los sectores vitivinícola y lácteo.

Según el Ministerio, «con fecha 3 de julio, AICA ha dejado de realizar las funciones que el Tribunal ha señalado que son competencia de las Comunidades Autónomas adaptándose internamente para cumplir la sentencia, y tomado las medidas oportunas de reorganización para adecuar su actividad al nuevo marco». En cualquier caso, «si las Comunidades requirieran colaboración de AICA, ésta está en plena disposición para hacerlo».

 

 

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