El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado las condiciones para contratar el seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, cuyas primeras líneas podrán suscribirse a partir del próximo 1 de septiembre.
El texto indica que son asegurables las distintas variedades de arroz; cereales de invierno y primavera; leguminosas grano; oleaginosas destinadas a la obtención exclusiva de grano o de semilla certificada; la paja de los cultivos de cereales de invierno; y las instalaciones de cabezal de riego y red de riego en parcelas.
Precisa que en los casos de mezclas de dos o más especies de cereales de invierno en una misma parcela se asignará en la declaración de seguro la correspondiente a la especie mayoritaria y en el de la faba-granja asturiana (fabes), las que figuren en el Registro de parcelas de la Denominación Específica «Faba Asturiana».
En el cultivo de veza se permite incluir un cereal como tutor, cuyo número de plantas no debe superar el 20% de las plantas por metro cuadrado obtenidas para este cultivo.