El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó, el 18 de julio, la Resolución por la que se regula el procedimiento de concesión de las ayudas para el suministro de frutas frescas, castañas y leche líquida de consumo al alumnado de centros escolares.
Podrán solicitar la ayuda las personas físicas o jurídicas que ejerzan la actividad de producción y/o comercialización de los productos subvencionables cuyas empresas o establecimiento estén dados de alta en el correspondiente registro sanitario oficial.
Será destinatario final de la ayuda al alumnado que asista regularmente a los centros o establecimientos, escolares, administrados o reconocidos por las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia, que pertenezca a los siguientes niveles de enseñanza: educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.
Podrán ser objeto de distribución en el programa escolar los siguientes grupos de productos: las frutas frescas, las castañas y la leche líquida de consumo y sus versiones sin lactosa.
Según pone de manifiesto la Resolución, los productos distribuidos serán siempre de excelente calidad. En el caso de las frutas frescas, serán preferentemente de temporada, se encontrarán en su grado óptimo de madurez de consumo y serán consumidas en su estado natural, no podrán someterse a ningún procesamiento, incluido la elaboración de zumo. La castaña se consumirá cocida o asada.
Además, se optará preferentemente por la distribución de productos de la Comunidad Autónoma de Galicia que empleen en su obtención sistemas de producción sostenibles y respetuosos con el medio ambiente.
El suministro en los centros escolares se hará durante uno o los dos de los siguientes
períodos de reparto autorizados: primer período: de noviembre de 2018 a febrero de 2019 (ambos incluidos); segundo período: de marzo a junio de 2019 (ambos incluidos).
El plazo para poder presentar las solicitudes de la ayuda será hasta el 20 de septiembre de 2018 incluido.