Tarifas eléctricas: los regantes tienen hasta el 31 de diciembre para negociar la flexibilización con las compañías eléctricas

El 24 de diciembre se publicó en el BOE la Ley que regula la gestión de la PAC. Su disposición final primera incluye la flexibilización de las tarifas en su disposición final primera

El pasado sábado 24 de diciembre, cuando se celebraba la Nochebuena y un día antes de Navidad, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas. El tema de la flexibilización de las tarifas eléctricas viene recogido en la disposición final primera de la Ley.

Dentro de esta normativa, se aprobó una enmienda que introduce la posibilidad de contratar dos potencias eléctricas a los regantes durante el año 2023 y establece que “los titulares de explotaciones agrarias, sean autónomos o empresas, incluidas las cooperativas agrarias y las comunidades de regantes, podrán acogerse a los mecanismos de flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica.

Se aprobó una enmienda que introduce la posibilidad de contratar dos potencias eléctricas a los regantes

Sin embargo, fuentes de ASAJA señalan que en octubre el Gobierno sacó un Real Decreto con las medidas de flexibilización de las tarifas en el que “olvidaron incluir a los regantes y a las explotaciones agrarias”, entre los beneficiarios. Si se hubieran incluido en esas fechas, “los regantes habrían tenido margen de negociación”.

No obstante, ahora solo disponen hasta el 31 de diciembre, es decir, hasta el próximo sábado, para negociar con las compañías las potencias eléctricas de cara a 2023.
Estas mismas fuentes han señalado que el Gobierno ha dejado en manos de las compañías eléctricas que decidan si amplían el plazo o no, más allá del 31 de diciembre de 2022, para que los usuarios tengan tiempo de negociar las tarifas.

Por su parte, según la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (FENACORE), la posibilidad de contratar una potencia más baja durante el período de no riego solo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y para que pueda aplicarse es necesario que las comercializadoras de electricidad den las autorizaciones de cambio de tarifa este mismo mes de diciembre, “puesto que debemos permanecer tres meses con la nueva potencia y en marzo comienza la época de riego para muchos regantes”.

El tema de la flexibilización de las tarifas eléctricas viene recogido en la disposición final primera de la Ley de gestión de la PAC, que incluye una modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

Consulta aquí la legislación publicada el 24 de diciembre en el BOE

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