El Tribunal General de la Unión Europea (UE) ha confirmado la validez de los límites en el uso de varios insecticidas que impuso la Comisión Europea (CE) por el riesgo que suponen para las abejas, en una sentencia que da la razón a Bruselas frente a las multinacionales Bayer y Syngenta.
Sin embargo, la corte con sede en Luxemburgo estimó parcialmente un recurso de la empresa química BASF y anuló las medidas que restringen el uso del plaguicida fipronil, puesto que se impusieron sin una evaluación previa de su impacto.
Cabe recordar que en 2012 la Comisión Europea decidió revisar las autorizaciones concedidas a escala de la UE para los insecticidas clotianidina, tiametoxam e imidacloprid, y para el plaguicida fipronil a raíz de la desaparición de colonias de abejas debido al mal uso de plaguicidas. Por ello, solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una evaluación de los peligros que suponen para las abejas.
Teniendo en cuenta los riesgos detectados, introdujo nuevas prohibiciones en el uso de estas sustancias en 2013 mediante dos reglamentos: uno para los insecticidas citados (clotianidina, tiametoxam e imidacloprid ) y otro para el fipronil. Además, se exigía a los Estados que modificasen o anulasen las autorizaciones vigentes de ciertos productos que contuviesen esas sustancias.
La multinacional alemana Bayer (que fabrica y comercializa el imidacloprid y la clotianidina en la UE), Syngenta (que fabrica y comercializa el tiametoxam), y el grupo BASF (que produce y vende el fipronil), interpusieron un recurso ante el Tribunal General de la UE mediante el que solicitaban la anulación de esas prohibiciones y restricciones. Además, Syngenta solicitó una indemnización por un importe no inferior a 367,9 millones de euros.
Con la sentencia dictada hoy -17 de mayo-, la corte europea desestima totalmente los recursos de Bayer y Syngenta y da la razón a la Comisión, pues considera que Bruselas logró demostrar que, dado el endurecimiento de las normas relativas a la protección de las abejas frente a los efectos nocivos de estas sustancias, los riesgos detectados por la EFSA justificaban eliminar la aprobación para la clotianidina, el tiametoxam y el imidacloprid.
Además, la sentencia indica que por el denominado «principio de cautela» las instituciones pueden tomar medidas frente a los posibles riesgos para la salud humana y el medio ambiente sin esperar a que estos queden plenamente demostrados científicamente o se materialicen, y recuerda que la protección de la salud pública, la seguridad y el medio ambiente priman sobre los intereses económicos.
También avala la prohibición de comercializar las semillas que fueron tratadas previamente de forma legal con esas sustancias.
Recurso de BASF
Sin embargo, el Tribunal estimó parcialmente el recurso de BASF contra la prohibición de utilizar fitosanitarios que contengan fipronil para ciertos cultivos por considerar que la Comisión impuso los límites sin medir sus consecuencias «para los distintos intereses en juego» y en comparación con las consecuencias de no actuar.
Por el contrario, desestima el recurso contra la prohibición de comercializar semillas tratadas con fipronil porque BASF no vende este tipo de semillas, con lo que no puede pedir su anulación.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal de Justicia en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución.