El Comité de Sanidad y Seguridad Alimentaria de la UE no votó finalmente, en su reunión de los días 21 y 22 de septiembre, los cambios a introducir en la normativa comunitaria relativa a la Xylella fastidiosa, entre los que figuran dos propuestas presentadas por España. Según han precisado responsables del Ministerio de Agricultura, estas dos medidas cuentan con el apoyo de los Estados miembros y de Bruselas pero han surgido problemas con otros elementos del texto.
El director general de Sanidad de la Producción Agraria, Valentín Almansa, ha señalado que las propuestas españolas -medidas de contención en lugar de medidas de erradicación para Baleares y posibilidad de replantar las zonas arrancadas con especies sensibles a la bacteria- cuentan con el acuerdo del resto de Estados miembros y de la propia Comisión Europea.
Sin embargo, hay otras modificaciones a debate que han planteado problemas. En concreto, algunos países del norte tienen reservas respecto a ciertas exigencias relativas al pasaporte fitosanitario de algunas plantas porque consideran que suponen una carga administrativa adicional.
Ante estas reticencias, la Comisión optó por no someter a votación el texto. Habrá nuevas conversaciones y podría votarse hacia mediados de octubre. En la sesión del Comité del 22 de septiembre, España, Francia e Italia pidieron a la Comisión que se dejaran los asuntos problemáticos aparte y que se votaran los demás cambios, pero el ejecutivo comunitario no accedió a esa petición.
Suspensión cautelar de los arranques en Alicante
Por otro lado, el Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Alicante ha dictado una resolución por la que suspende cautelarmente el arranque y destrucción «in situ» de todo el material vegetal hospedante de la bacteria Xylella fastidiosa.
El Ayuntamiento de Castell de Guadalest y los agricultores afectados presentaron un recurso contra la resolución de la Generalitat Valenciana por la que se declaraba el brote de Xylella y se adoptaban medidas para su erradicación.
Desde ASAJA Alicante han valorado positivamente la resolución del juzgado por entender que la tala masiva de árboles sanos debe ser una opción restrictiva y excepcional, aplicable solo en escenarios de focos aislados y detección precoz de la enfermedad, situaciones que no se dan, según la organización, ni en Baleares ni en Alicante.